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domingo, 8 de julio de 2012

Jornadas de Traducción Jurídica Universitat Jaume I

Vengo a contarles, rápidamente en un post de julio, que esa semana pasada estuve en las VIII Jornadas de Traducción Jurídica, que este año hacían hincapié en el presente y el futuro de la traducción y la interpretación ante los tribunales en Europa. La verdad es que estaba algo desconectado con todo y las jornadas me volvieron a inyectar la dosis de ganas que necesitaba, como siempre que participo en cosas así.

Durante tres días, el equipo organizador de la Universitat Jaume I se encargó de dar forma a unas jornadas más que interesantes, de las que me gustaría destacar la calidad en la selección de los ponentes, algo que no sólo pensé yo, se lo juro. Y el resultado, cómo no, increíble, desde la conferencia sobre la situación actual de la traducción y la interpretación judicial en España y el Reino Unido (Maribel del Pozo y Teresa Grau) hasta las lecciones de derecho procesal comparado para traductores judiciales (Ana Beltrán).

domingo, 15 de enero de 2012

MA Legal Translation



Les voy a contar una de las razones de por qué no escribo con tanto frecuencia como lo hacía antes; antes cuando escribir no se me había oxidado y me inspiraba con cosas pequeñas.

Resulta que estoy haciendo un máster en traducción jurídica en la City University (Londres). Y vengo a venderles contarles mis venturas y desventuras por el curso en cuestión.

Para aquellos que se estén planteando hacer un máster como ése, les diré, en breve, que sí, que es guay. A los que quieran saber más, pues les diré que el máster es semipresencial, con módulos condensados (clases de miércoles a sábado) una vez al mes (o dos semanas seguidas cada dos meses).

El máster tiene ocho módulos más la tesis final de máster:

Principles and Practice of Legal Translation
Translation for Litigation
Terminology and Translation of Contracts
Company and Commercial Law: Legal Principles and Translation
Terminology and Translation of Property Documents
EU: Legal Principles and Translation
The Translation Professional
Financial Legal Translation



A estas alturas de mi vida llevo hechos cuatro de los módulos, y en general estoy muy contento. Y la metodología está muy bien pensada, la verdad. Hay tres tipos de clases:

1) Derecho inglés, en las que estamos todos, de todas las combinaciones
2) Derecho español (en nuestro caso, vaya), en la que estamos los de la directa y los de la inversa de español
3) Talleres de traducción, donde no nos juntamos más de siete (va por combinación lingüística y se aprovechan mucho mucho)

Tanto nuestra profesora de derecho español (Margarita Prieto Acosta) como el profesor del taller de traducción (Ricardo Perales) son ammor, y nos cuidan y nos quieren y nos explican las cosas muy muy bien. Una gozada, oigan.

Y me encanta que en la case la gente sea tan buena; de hecho la media de edad es bastante alta y traductores noveles somos cuatro y ya. Y hay bastantes abogados en el curso, que eso siempre es bueno y enriquece un montón las clases, en serio.

Aunque eso sí, yo le encuentro dos cosas así chungas. Primero el precio, y es que madre mía, cómo está la vida... Y segundo que, al ser un máster semipresencial, se pierde un poco el espíritu de clase y todo parece muy distante y muy vago.

O quizá sea yo, que echo de menos el día a día de ir a clase.

jueves, 21 de abril de 2011

IV Congreso Internacional sobre TeI en Servicios Públicos

Queridos, queridas. Yo les ruego me perdonen, pero es que no hay forma de encontrar un huequillo para escribirles pausadamente. Además, la motivación viene y va, para qué les voy a engañar. Supongo que todos los que tienen un blog me entenderán en estos momentos.

Hoy vengo a hablarles de un congreso en que estuve la semana pasada: en IV Congreso internacional sobre TeI en los Servicios Públicos (en la Universidad de Alcalá de Henares). Resulta que desde el Piticli 2011 tanto a Marta como a un servidor pues como que nos había quedado la cosica de hacer algo más así como de la traducción, y a raíz de la doctora Borja, que es un sol de mujer, pudimos participar y realizar una comunicación en el congreso.

La verdad es que estuvo genial, y, durante tres días, pudimos asistir a comunicaciones y sesiones plenarias muy interesantes todas. Nuestra comunicación, que tuvo lugar el jueves después de comer, versó sobre el proyecto del grupo Gentt del que ya les he venido hablando otros días. De todos modos yo se lo esbozo nuevamente, que no pasa nada:

Ustedes sabrán que, gracias al trabajo personal de Ann Corsellis, el Reino Unido cuenta a día de hoy con un registro público de intérpretes judiciales. ¿Y en España?, dirán ustedes. Pues en España nada de nada, oiga: ni para traductores ni para intérpretes, ni para toreros. Lo mismo da.

Además cada CCAA hace un poco lo que le viene en gana: hay traductores judiciales que trabajan como funcionarios de grupo 1, otros no, hay traductores judiciales que tienen un fax en la oficina, otros que tienen que bajar a Penales para mandar uno (-vivido en carnes propias-). Vamos, un desorden de esos que para qué contar.

Encima los traductores judiciales, que se ve que su trabajo es fácil, reinventan la rueda una y otra vez porque, aunque sus textos son mucho más fácilmente sistematizables, aquí nadie guarda nada, ni reutiliza, ni aprovecha.

Claro, con la experiencia estos traductores se convierten en superhombres pero ¿y el que llega nuevo?

La comunicación que presentamos pretendía, y pretende, atajar ese problema y unos cuantos más tanto con la creación de un censo de traductores judiciales como con el desarrollo de una herramienta electrónica de gestión de la información en la que se incluya, además de un corpus de géneros judiciales, glosarios fraseológicos y terminológicos, plantillas, macroestructuras textuales, contextualizaciones del género en cuestión, y mucho más, no se vayan a creer.

Creo, y esto es una opinión personal, que la comunicación salió bien. Yo al menos quedé contento. Y además nos interpretaron al inglés, oigan, e incluso tuve la oportunidad de charlar con la chica que jugó con mis palabras en lengua inglesa. Todo un honor.

Y el congreso en general, fantástico. Carmen Valero, su organizadora, genial en todo momento; y un grupo de ponentes y asistentes dispuestos a compartir experiencias e ideas con nosotros. Próximamente les contamos más cosas, como las comunicaciones que nos parecieron más importante o la gente que conocimos por allá.

Y sí, lo que ven en la imagen es el logo de la Universidad de Alcalá. Y si, ven un ovni flanqueado por dos cisnes. No seré yo el que diga algo.

domingo, 12 de septiembre de 2010

TSJCV, últimas conclusiones y jarro de agua fría



Hola amigos . Les escribo hoy para contarles que ya he acabado mi periplo por el TSJCV en Benidorm. Y, como habrán deducido por el título de este post, mis conclusiones no son tan buenas como habría pensado que serían.

Verán, yo voy a serles sincero, porque ustedes saben que yo les tengo un aprecio especial y esas cosas: la competencia traductora es algo más que difícil de conseguir. Yo me ciño al grupo PACTE cuando hablo de estas cosas; aunque, como verán dentro de poco por este blog, tenemos preparada una teoría que, a nuestro juicio (perdonen que no se lo cuente todavía, pero tengo que matizar detalles con mi partenaire, no se me enfaden) complementa y matiza la propuesta de PACTE, que es la que nos parece más acertada.

PACTE entiende la competencia traductora como el sistema subyacente de conocimientos y habilidades que permite al traductor enfrentarse a su labor traductora, y dividen esa competencia en las siguientes subcompetencias:

subcompetencia lingüística

subcompetencia extralingüística

subcompetencia de transferencia

subcompetencia instrumental y profesional

subcompetencia estratégica

subcompetencia psicofisiológica

Hasta aquí todos contentos.

He de decirles que en mi querida uji se sigue esta noción de competencia traductora y, así como subrepticiamente, se nos machacan las diferentes subcompetencias a muerte. Y es que el hecho de que Hurtado trabajara en la uji y llevara las tesis de la mitad del departamento algo habrá tenido que ver, digo yo, que al fin y al cabo son nuestros mentores los que tienen que llevarnos de la mano, sobre todo al principio, los que nos enseñan y nos guían y nos llevan por esos mundos de Dior.

Pero claro, hay algo en que nos quedamos cortos, y es la traducción inversa, en la que el modelo de PACTE nos sirve, pero con la importancia que tradicionalmente se le da a cada una de las subcompetencias, no.

En esto de la inversa yo les recomiendo a Beeby, que para algo hizo su tesis sobre la enseñanza de la misma, tiene varias publicaciones al respecto y, encima, pertenece a PACTE. Una joya. Dice Beeby (1996, 57) que: “El público no especializado no distingue entre la traducción desde la lengua extranjera o hacia la lengua extranjera y cree que el traductor no tendrá problemas de direccionalidad”. Cierto como el Sol.

Pero la verdad es que en inversa nos bloqueamos en la expresión, más que nada por falta de recursos, y el traductor entonces se tiene que sacar de la manga habilidades especiales que igual tiene o igual no (más uso de textos paralelos, mayor documentación...)

Claro está que aquí también hay factores que influyen (y volvemos a Beeby):

- el grado de bilingüismo del traductor (mi amiga Mireia hace dobles directas catalán-español y no le tiembla el pulso, oigan)

-la modalidad de traducción de que se trata (la mía era la jurídica, ahí queda eso)

-la combinación lingüística

-el poder de la lengua en cuestión, ya que en lenguas minoritarias el mercado de la inversa tiene un segmento considerable

Y claro, yo lo tenía todo en contra, y sin no, miren:

-Subcompetencia lingüística: Bueno, pues la verdad es que en inglés me manejo, no se lo voy a negar, pero de ahí a conocer el inglés del derecho público, pues va a ser que no. Y además, sus seños no es que escriban en un español sencillo que digamos.

-Subcompetencia extralingüística: Conocimientos de derecho público: CERO

-Subcompetencia instrumental y profesional: No tenía acceso a programas de traducción asistida ni a internet. Mi equipo estaba formado, sobre todo en la última semana, por un diccionario papel monolingüe, otro bilingüe y uno de términos jurídicos. Ya me dirán ustedes.

Y es que en la inversa la subcompetencia lingüística cobra una relevancia brutal respecto a la directa y yo he hecho un poco el ridículo.

Claro, he hecho un poco también el ridículo porque mi tutora me puso por los altares antes de llegar a Benidorm. Y, claro, cuando yo llegué esperaban al Mesías y se encontraron a alguien que tenía la mejor disponibilidad pero carencias brutales.

Y en verdad a mí me da un poco de pena no haber podido estar a la altura de las circunstancias (en interpretación sí, genial, pero en traducción... eso ya es otra cosa). Pero bueno, me lo he pasado pipa con mi jefa, que es una de las mujeres más competentes que conozco, he aprendido un montón y, qué quieren que les diga, volvería a coger mis prácticas en el TSJCV.

Hoy he sido largo y pesado. No me odien. Les prometo que dentro de poco les pondré un vídeo y nos hacemos unas risas.


Biblio (por si quieren leer un rato)

Beeby Lonsdale, A. (1996): «La traducción inversa». En: A. Hurtado Albir (ed.), La enseñanza de la traducción. Castellón: Universitat Jaume I., 57-78.

martes, 20 de julio de 2010

La ley del deseo III


Éste es el último post que le dedicaré a Anabel Borja y a los artículos de la jurisprudencia española respecto a la traducción y a la interpretación pública.
Ahora mismo no me sale ninguna anécdota más de mi interacción con la doctora Borja. Así que les dejo directamente con ello y si eso ya me los comentan después.

Código Penal:
Artículo 460.
Cuando el testigo, perito o intérprete, sin faltar sustancialmente a la verdad, la alterare con reticencias, inexactitudes o silenciando hechos o datos relevantes que le fueran conocidos, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses y, en su caso, de suspensión de empleo o cargo público, profesión u oficio, de seis meses a tres años.
Artículo 464.
1. El que con violencia o intimidación intentare influir directa o indirectamente en quien sea denunciante, parte o imputado, abogado, procurador, perito, intérprete o testigo en un procedimiento para que modifique su actuación procesal, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a veinticuatro meses.
Si el autor del hecho alcanzara su objetivo se impondrá la pena en su mitad superior.
2. Iguales penas se impondrán a quien realizare cualquier acto atentatorio contra la vida, integridad, libertad, libertad sexual o bienes, como represalia contra las personas citadas en el apartado anterior, por su actuación en procedimiento judicial, sin perjuicio de la pena correspondiente a la infracción de que tales hechos sean constitutivos.

¿Han visto cómo está el patio? Para que luego vaya uno y meta la pata...

miércoles, 30 de junio de 2010

Impresiones sobre el TSJCV



Hola amigas.

Estoy de regreso de mi primer día de prácticas en el TSJCV, delegación Benidorm y, para qué les voy a engañar, estoy tan cansado como después de haber trabajado ocho horas en una cafetería, y eso que sólo he traducido 1612 palabras...

Les cuento, así, en breve.

09.00 Llego al TSJ, confusión: ¿quién es Teresa? ¿dónde tengo que ir?

09.30 Teresa me da un pequeño dossier con, a saber, los siguientes documentos: solicitud de cooperación judicial internacional, auto de incoación de procedimiento abreviado, auto de apertura de juicio oral, escrito de acusación del fiscal. Todo por un chaval de Lancashire de 19 años que, ciego como la Topacio, comenzó a tirar mobiliario de su apartamento por la ventana. Ahí queda eso.

12.00 Llamo a Mireia, muerto de cansancio. Palabra alentadoras.

12.45 Nos llaman a interpretar. Emoción. Subimos al juzgado por un caso de abandono de menores. Al principio pienso que cómo algo tan grave y tan importante se nos ha notificado en un pis-pas por teléfono. La juez me confirma mis temores: se conoce que un señor inglés y su hija llegaron ayer de su país. El hombre dejó a la niña en el apartamento y se fue, solo, a beber. A las siete horas aún no había vuelto. A la niña casi le da un algo por verse sola.

13.30 Vuelvo con mis papelitos

14.00 Pido al Señor que acabe con mi vida. Se me empieza a nublar la vista. Demasiado fiscal de por medio, ¿qué coño quiere decir esto? y ¿cómo se dice en inglés?

14.05 Teresa me sonríe y me da... un diccionario en formato papel.

14.30 Al borde de las lágrimas se acaba mi primer día.

Pues ya lo ven. Ése es el trabajo de un traductor-intérprete en los servicios públicos de la Comunidad Valenciana.

Si les interesa, miren este link, que es de la Asociación Profesional de Traductores e Intérpretes Judiciales y Jurados (APTIJ).

Ah, y se me olvidaba. Esta gente del TSJ NO conoce la palabra TRADOS ni aunque su vida dependa de ello. Y eso que TODOS sus documentos son EXACTAMENTE iguales.

15.25 Acabo el artículo. Me voy a dormir la siesta.

domingo, 16 de mayo de 2010

La ley del deseo I


Hoy vengo a contarles un secreto. Sepan ante todo que para mí nunca habrá secreto alguno que me separe de ustedes, que se conoce que son ya casi como de mi familia.

Si les soy sincero a mí la traducción jurídica me gusta, en parte, por mi profesora, la doctora Anabel Borja. Anabel es una profesora excelente que combina en una misma persona las tres claves más básicas en la vida universitaria para ser idolatrado: es una profesional como la copa de un pino, es cercana como ella sola, y viste bien.

Ustedes se reirán, sí, pero pónganse a pensar cuánta gente entra en ese grupo. Y me lo cuentan.

Anabel merece un post para ella sola, y vaya por delante que lo tendrá. Hoy, sin embargo, les traigo los artículos que mencionan a nuestra profesión en la Ley de Enjuiciamiento Civil, por si hay alguien por ahí que le apetecería dedicarse a la jurídica en tribunales o en servicios públicos, por ejemplo:

Ley de Enjuiciamiento Civil

Artículo 143. Intervención de intérpretes.

1. Cuando alguna persona que no conozca el castellano ni, en su caso, la lengua oficial propia de la comunidad autónoma hubiese de ser interrogada o prestar alguna declaración, o cuando fuere preciso darle a conocer personalmente alguna resolución, el tribunal, por medio de providencia, podrá habilitar como intérprete a cualquier persona conocedora de la lengua de que se trate, exigiéndosele juramento o promesa de fiel traducción.

De las actuaciones que en estos casos se practiquen se levantará acta, en la que constarán los textos en el idioma original y su traducción al idioma oficial, y que será firmada también por el intérprete.

Artículo 144. Documentos redactados en idioma no oficial.

1. A todo documento redactado en idioma que no sea el castellano o, en su caso, la lengua oficial propia de la Comunidad Autónoma de que se trate, se acompañará la traducción del mismo.

2. Dicha traducción podrá ser hecha privadamente y, en tal caso, si alguna de las partes la impugnare dentro de los cinco días siguientes desde el traslado, manifestando que no la tiene por fiel y exacta y expresando las razones de la discrepancia, se ordenará, respecto de la parte que exista discrepancia, la traducción oficial del documento, a costa de quien lo hubiese presentado.
No obstante, si la traducción oficial realizada a instancia de parte resultara ser sustancialmente idéntica a la privada, los gastos derivados de aquélla correrán a cargo de quien la solicitó.

Tengo preparados también los artículos del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal al respecto. Y sin embargo, para no saturarles, se los iré dosificando con todo mi amor.

Duerman bien.

miércoles, 12 de mayo de 2010

Y desde el derecho te digo: me ponen


Señores, el martes de esta misma semana hice la primera ponencia de mi vida investigadora. Como lo oyen. La cosa es que eran las XV Jornades de Foment de la Investigació y mi adorable amiga Marta y yo pudimos hacer la comunicación de clausura. Toda una experiencia, oigan.

Y encima apoyados por la doctora Borja, la imagen en el espejo de cualquier traductor wannabe que se precie. De hecho el proyecto que presentamos lo dirige ella misma: qué estilo, qué savoir-faire, qué todo. Y qué ganas de trabajar que le da a uno cuando te motiva y te sonríe. No saben lo que se pierden si no la conocen.

El proyecto tiene un nombre tan sexy y tan disuasorio como éste: Formalización de patrones de comportamiento textual para la gestión de la documentación multilingüe.

De lo que se trata, así para que me entiendan si necesidad de explicarles mi futura tesis, es de aplicar las conclusiones y los resultados de la investigación de los últimos diez años del grupo Gentt, del que ya les he hablado en otras ocasiones de nuestra vida en común (sin sexo, mal que me pese. Y disculpen este comentario, que es que últimamente voy to Hornymans).

El proyecto parte del análisis de necesidades de los traductores judiciales en servicios públicos y propone toda una serie de cambios que mejores la situación socioprofesional y laboral de los mismos.

La cosa es que los traductores judiciales en plantilla han tenido que lidiar hasta hace poco con situaciones infrahumanas. Y no les exagero, oigan. Que no les dejaban usar internet para trabajar (osea que despídanse de CAT o de nada que se les parezca).

Y Anabel, adalid de las causas nobles, no puede soportar la situación y decide romper con lo humano y lo divino y propone entrar con nuestro proyecto de investigación-acción que se centra en dos vertientes:

Vertiente socioprofesional, y es que el proyecto pretende potenciar la creación de una comunidad cohesionada de traductores judiciales en los servicios públicos que presente un carácter de unidad ente sí mismos y ante la sociedad. Porque díganme ustedes qué vamos a hacer nosotros si en cada autonomía las vías de acceso a la profesión son diferentes y el estatus de funcionario cambia de forma aleatoria. Viva.

Y ustedes dirán ¿y cómo van a conseguir eso, ah? Pues para empezar les diré que no me hagan tales preguntas con tal acritud, que yo soy tobuencha para con ustedes. Y para continuar les diré que Marta y yo vamos a empezar a crear un censo de traductores judiciales en servicios públicos en todo el país. Ahí queda eso.

Vertiente tecnológica, y es que pretendemos crear una herramienta informática del todo intuitiva que automatice la actividad traductora tanto como sea posible. La cosa es que la traducción jurídica tiene textos bien complejos, eso no es nuevo para ustedes, pero esos mismos textos son muy similares los unos con los otros, así que señores nos proponemos crear una herramienta informática que compagine memorias de traducción, un corpus de textos reales y sus traducciones, plantillas de los géneros más traducidos y la contextualización de los mismos (sobre todo para traductores noveles). Y todo con lo que se pueda analizar fraseología, terminología y todo lo que acabe en -gía que se les pueda ocurrir.

Este veranito yo mismo me encargaré de compilar el corpus en la combinación inglés-español en Benidorm. Ya les cuento.

Les dejo con una foto de Anabel. No le hace justicia, se lo prometo, pero es lo único que hay por internet...

martes, 27 de abril de 2010

Gamboa, Lola Gamboa


Aunque hable poco de ella, tengo que confesarles que me encanta la traducción jurídica. ¿Qué quieren que les diga? Yo la encuentro apasionante. Vale que no es la repanocha y que pocas veces es en sí misma divertida. Para mí la diversión está en el proceso, que es como hacer un crucigrama: vas desempaquetando la información hasta obtener unidades de significado sencillas y entonces las vuelves a condensar siguiendo los convencionalismos de la lengua española.

Por esa razón me he apuntado a un curso de traducción jurídica on-line los viernes por la tarde (sí, lo sé, me tiene que gustar muchísimo como para darle los viernes por la tarde, pero es que no había otro horario que me encajara). El taller-chat se imparte desde Málaga a cargo de una abogada especialista en cursos de derecho y traducción jurídica para traductores, Lola Gamboa.

Hacer un curso on-line no es moco de pavo, oigan. Para empezar porque se necesita una constancia y una dedicación que a mí me cuestan.

Este viernes pasado (en realidad hará ya como tres) tradujimos un texto muy general sobre las diferencias entre la profesión del solicitor y del barrister. Muy sencillo, para qué les voy a engañar, pero también es verdad que era un texto "de calentamiento".

De todos modos les diré que se nota que Lola, la profesora, no viene del campo de la traducción, y es que no presta tanta atención a la tipografía textual, por ejemplo, como a la efectividad de la actividad translatoria en sí; y, cuando alguna compañera del grupo propone mantener comillas a lo largo de todo el texto en solicitor y barrister Lola, políticamente correcta donde las haya, tarda unos segundos en escribir y en vez de decirle algo como:

-Vamos a ver cielo, ¿desde cuándo los extranjerismos se marcan con comillas? ¿A ti nadie te ha enseñado a usar cursivas? Nula, más que nula.

Pues en vez de decirle algo así dice:

-Mujer, igual podría funcionar, lo único es que tanta comilla por el texto puede ser engorroso de leer ¿no crees? Yo no las usaría, pero vamos, haz lo que quieras.

Si es que el acercamiento es diferente, desde el derecho, y se nota. Y la verdad es que de tanto en tanto estar con los profesionales del derecho es más que positivo para los traductores. Llámenme purista si quieren, pero a mí me pone una alumna unas comillas y le parto la boca ésa llena de dientes que tiene. Pero de todos modos se agradecen enfoques diferentes, y me refiero a los de Gamboa, no a los de la licenciada en TeI, porque a veces nos centramos en lo "lingüísticamente correcto" y nos olvidamos del mundo real. Y ahí está Gamboa, para darnos una dosis de realismo. Y me gusta.

Les dejo con una foto suya. Que la disfruten.